miércoles, 21 de julio de 2010

TEMA 5. INFORMATICA DE LA ENSEÑANZA PROGRAMADA AL DERECHO


SISTEMA DE ENSEÑANZA DEL DERECHO ASISTIDO POR COMPUTADORA

En cuanto a la Informática Jurídica, aplicada a la enseñanza del derecho, se puede decir que es la rama que tiene interacción directa con las materias de Pedagogía del Derecho, Psicología Educativa, Lingüística y Comunicación, cuya finalidad es crear sistemas de enseñanza cuyo soporte de realización se aplica en :

Primera Parte: en la utilización de un instrumento computacional.

Segunda Parte: las bases de conocimiento para representar, organizar, analizar y estructurar la información jurídica.

Tercera Parte: la evaluación formativa del proceso, enseñanza o aprendizaje previsto en el sistema.

Es importante tener presente que la enseñanza programada asistida por una computadora; como un método didáctico que permite transmitir conocimiento sin la intervención directa de un profesor, es parcial, por cuanto la actividad del profesor es definida en la creación y desarrollo de la enseñanza programada en virtud del planteamiento de la información jurídica.

Gracias a la estructuración de la información jurídica, el maestro puede definir a ciencia cierta la información específica que el alumno puede aprender. El alumno, por su parte, adquiere el aprendizaje en forma lógica y ordenada, tal que se garantiza la comprensión de los objetivos específicos del tema que se trate.

Multimedia: es la utilización de diferentes herramientas informáticas de apoyo que pueden ser de carácter, auditivo, visual o sensorial.

Realidad Virtual: es un sistema interactivo o computarizado tan rápido e intuitivo que la computadora desaparece de la mente del usuario aparentando como real el entorno generado por la misma computadora.

ANALISIS PUBLICADO POR MARIA JOSÉ VIEGA:

1. Introducción
Para analizar las estrategias didácticas en una materia nueva, como lo es en nuestra Facultad la Informática Jurídica, creo en primer lugar conveniente establecer su contenido, especificar su objeto y establecer el método apropiado.
En primer lugar es necesario precisar el alcance de la expresión informática jurídica, ya que podemos hablar de la misma en dos sentidos:
a) amplio: la informática jurídica abarca a la informática jurídica propiamente dicha y al derecho informático. Con la expresión Informática Jurídica nos estamos refiriendo a todas las relaciones posibles entre la informática y el derecho.
b) restringido: la forma en que la informática como ciencia se relaciona con el derecho y le sirve al derecho tanto desde el punto de vista documental como en orden a la gestión y a la decisión.
Cuando hablamos del Derecho Informático nos estamos refiriendo a un doble objeto, como siempre ocurre cuando estamos estudiando una ciencia jurídica:
1) derecho como conjunto de normas y principios que refieren a la actividad informática,
2) derecho informático como ciencia que tiene por objeto el estudio de esas normas y de esos principios reguladores de la actividad informática en la sociedad.
En segundo lugar es importante tener presente los componentes que integran la estructuración de los cursos y las normas que regulan su organización y funcionamiento. Según Pedro Cafourcade los componentes que deben tenerse en cuenta en el planeamiento de un curso son: los objetivos que orientan su aprendizaje y los contenidos que determinan su naturaleza.
Los objetivos fundamentales de nuestro curso son: que los estudiantes aprendan a utilizar la Informática como herramienta jurídica y a enfrentar los problemas que ésta plantea al derecho.
Con respecto al método el Dr. Delpiazzo entiende que: " ...el estudio de la Informática Jurídica no involucra la cuestión de la aplicación al Derecho del llamado método cibernético, que constituye un aspecto de la Juscibernética, ciencia afín pero de mayor alcance, que también investiga las relaciones (externas) entre el mundo del Derecho y el sistema social según modelos cibernéticos, y las relaciones (internas) que vinculan entre sí a las partes del Derecho, concebido éste como una totalidad."
2. Métodos y técnicas didácticas.
El conjunto de métodos, técnicas, formas de motivación, uso de recursos audiovisuales y etapas de desarrollo de los temas, constituye lo que podemos denominar como estrategia didáctica.
Los métodos y las técnicas seleccionadas por el docente deben hacerse a partir de la realidad en la cual va a dictar su curso, para tener claro cual es su punto de partida. Es por eso, que entiendo importante destacar el cambio ocurrido en el perfil del estudiante de Informática Jurídica, materia opcional de 6º año de Abogacía, en el transcurso de los últimos cinco años. En 1993 en una clase de aproximadamente 25 alumnos, 3 o 4 tenían acceso a computadoras y conocían el manejo de un procesador de texto. Sin embargo, en el correr de estos años el conocimiento informático a crecido notablemente. Hoy por hoy la situación es inversa, son muy pocos los que no tienen conocimientos de computación básicos, y en algunos casos encontramos alumnos con un excelente nivel. La gran mayoría maneja Internet como herramienta de estudio.
El rápido avance de la tecnología informática y el manejo que de ella tienen los jóvenes, a planteado un importante desafío en la materia, tanto a nivel del programa, como en la forma de encarar los temas y el nivel de profundidad de los mismos, ya que no es suficiente trasmitir las nociones básicas con que comenzaba el curso cinco años atrás, sino que es de fundamental importancia que los estudiantes tengan acceso a clases demostrativas y puedan ver en funcionamiento lo que se está enseñando.
La enseñanza tradicional se basaba en el sistema de clases magistrales, y aún la generalidad de los cursos se dictan de esta forma en nuestra Facultad. Jorge Witker define este tipo de clases y dice: "Es la proyección del maestro-comunicador, centro del proceso de enseñanza, que pone a disposición de los estudiantes contenidos acabados y elaborados para ser memorizados o recordados por estos". Las desventajas planteadas por este autor en esta forma de enseñar el
Derecho son las siguientes:
a) desconoce una decisiva diferencia entre los conocimientos que imparte el profesor y los que adquiere efectivamente el alumno.
b) se desconoce que el proceso de la enseñanza no se dirige tanto a la adquisición de conocimientos, sino más bien a la creación de hábitos mentales, actitudes, manejo de fuentes, adiestramiento en la solución de problemas.
Las tendencias más modernas optan por una enseñanza activa, Jorge Witker nos dice que: " Un concepto que rodea todas las modalidades de métodos activos en el aprendizaje del Derecho, expresa relación con la concepción de la educación como creación de conocimiento, es decir la búsqueda y pesquisa de conocimientos por parte del estudiante, dirigido y orientado por el maestro."
Didácticamente, método quiere decir camino para alcanzar los objetivos estipulados en un plan de enseñanza, o camino para llegar a un fin. Técnica significa como hacer algo. El método indica el camino y la técnica muestra cómo recorrerlo.
Imideo Nerici analiza a grandes rasgos los siguientes métodos:
- Método expositivo: consiste en la presentación oral de un tema, lógicamente estructurado. La exposición puede ser dogmática o abierta, según se dé o no participación a los estudiantes. Cuando la exposición es abierta se puede utilizar la técnica del "cuchicheo" (Phillips 22) o Phillips 66.
- Método expositivo mixto: consiste en una combinación de exposición y estudio dirigido, en que el docente expone un tema y presenta posteriormente a la clase un resumen de lo expuesto, indicando las fuentes de estudio, se plantean preguntas para ser estudiadas y luego se exponen y discuten en clase.
- Método de la lectura: consiste en indicar textos de estudio sobre un tema, después de estudiados se realiza una prueba de verificación del aprendizaje y por último se realizará una discusión.
- Método de lectura dirigida: el docente selecciona textos para orientar a los alumnos en el estudio de un tema.
- Método de problemas: se le plantea al estudiante un problema para que dé una o más soluciones
- Técnica de casos: el docente propone a la clase un caso, que puede ser real o ficticio, en base a un tema que ya ha sido objeto de estudio. El alumno debe resolverlo por sí solo, sin obtener indicios del profesor.
- Trabajos de campo: persigue como objetivo el contacto directo con la realidad ya estudiada teóricamente.
- Método de la discusión: consiste en orientar a la clase para que ella misma realice, en forma de cooperación intelectual, el estudio de la unidad en consideración.
- Método de la enseñanza en grupo: consiste en el estudio de un tema, de una unidad o en la realización de una tarea cualquiera, por parte de dos o más educando. Puede ser que todos los grupos estudien el mismo tema, o que cada grupo estudie una parte de un tema.
- El Panel: el panel consiste en la reunión de varias personas especializadas que exponen sus opiniones sobre un tema.
- Método de la mesa redonda: reunión de especialistas con opiniones divergentes respecto a un tema. La finalidad no es polémica, sino que el propósito es precisar posiciones y suministrar explicaciones.
- El seminario: es un procedimiento didáctico que consiste en que el alumno realice investigaciones con respecto a un tema, a fin de presentarlo y discutirlo científicamente.
En base a este abanico de posibilidades, me parece importante destacar que las clases magistrales deben quedar atrás, la participación de los estudiantes en una materia cambiante y en la que aún está casi todo por hacer es importantísima, debemos dar elementos formativos y despertar el espíritu crítico y creativo, para que en el futuro cada uno pueda ir analizando los diferentes cambios que se presentan. A su vez es importante hacerlos pensar en las soluciones para los distintos problemas que la informática nos plantea como juristas. Son ellos, como futuros profesionales quienes deberán buscar nuevas prestaciones de la informática como herramienta al servicio del derecho. Y también deberán encontrar las soluciones jurídicas a las diferentes cuestiones informáticas.
Como en nuestro país es necesaria la promulgación de normas que regulen los problemas que la informática ha ido planteando, como pueden ser nuevos delitos o el tema de la protección de datos, es importante el análisis de derecho comparado, analizar la experiencia de otros países para llegar a la mejor solución frente a cada problema.
Otro recurso importante es el análisis de casos, tanto nacionales como extranjeros. Esto nos permite ver el derecho funcionando en la práctica, adaptándose muchas veces a las nuevas situaciones, aplicando viejas normativa a actos o hechos nuevos, que probablemente el legislador no se habría imaginado. O ver, también, como se va aplicando la normativa en otros países.
Son fundamentales, como ya hicimos referencia, las clases acompañadas de elementos prácticos. Las visitas a bancos de datos, sistemas de gestión, a la biblioteca de la Facultad, resultan de sumo interés para quienes se están formando. Un insumo material con que deberíamos contar es un aula informática, pues nos daría la posibilidad de hacer demostraciones prácticas sobre los diferentes temas. Tenemos que tener en cuenta que hace unos años el estudiante se interesaba por la materia en la búsqueda de soluciones jurídicas a los distintos problemas que la informática planteaba (derecho informático). En cambio hoy, están en condiciones de comprender y analizar las opciones que nos plantea la informática jurídica, ya que en muchos casos son usuarios de esta nueva herramienta jurídica, pueden evaluar el funcionamiento de un sistema, realizar críticas y proponer mejoras.
Los insumos tecnológicos ya no consisten solamente en libros y en la biblioteca, ya que podemos proporcionarle información sobre una página web, o proponerles que busquen material en Internet sobre un tema futuro, para poder intercambiar nuevos datos. Está a su alcance también la normativa nacional, a través de la página del Palacio Legislativo, por ejemplo, y normativa Internacional. La relación educativa, que en nuestra Facultad suele darse en un solo sentido, a través de clases magistrales, debe transformarse en un feed-back, en una relación de ida y vuelta, donde docente y estudiante se enriquecen mutuamente, el primero dándole las herramientas básicas de un tema y el segundo aportando ideas, muchas veces innovadoras, reflexiones y nuevo material de análisis.

3. Recursos didácticos.
Con respecto a este tema debemos destacar la importancia de los medios audiovisuales, que como dice Imedeo Nerici "acortan el tiempo de aprendizaje y aumentan el de su retención". Este autor los califica como eficientes medios auxiliares de la enseñanza y destaca a los audiovisuales como un excelente recurso que debe ser utilizado con propiedad y oportunidad.
Teniendo como base el "cono de la experiencia" de Edgard Dale, podemos establecer que los recursos adecuados a las clases de informática jurídica son:
- Experiencia directa: el contacto directo con el fenómeno a estudiar es la forma ideal de llegar al conocimiento. En nuestra materia se realizan conexiones a Internet (en la Biblioteca de la Facultad), que le permiten al alumno navegar por la Red, conocer webs de interés jurídico y comprender mejor las distintas posibilidades que la Red de redes brinda. Como ya manifestamos anteriormente el aula informática daría muchísimas posibilidades en la enseñanza teórico-práctica de la informática jurídica.
- Demostración: para conocer el funcionamiento de una base de datos, formas de acceso y distintos tipos de búsquedas, son importantes las visitas, por ejemplo a IMPO, a los efectos de hacer una demostración de su base de datos.
- Visitas: además de las visitas a Biblioteca e IMPO ya mencionadas, son importantes las visitas al Poder Judicial para que los estudiantes tomen contacto con la informática de gestión y a la Dirección General de Registros Notariales, para conocer la informática registral en nuestro país.
- Exposiciones: la Feria Ofimat es una excelente oportunidad para que los estudiantes conozcan los avances tecnológicos que tenemos a nuestro alcance.
- Imágenes fijas: son los gravados, dibujos, diapositivas.
- Símbolos visuales: Diagrama en el pizarrón, en un rotafolio o por un retroproyector
- Símbolos auditivos: la palabra hablada, diapositivas acompañadas de sonidos.
Un elemento interesante a destacar son las diapositivas realizadas en computadora y proyectadas por un cañón. La diferencia importante es que las palabras, los esquemas tienen movimiento y también podemos agregarle sonidos, de esta forma logramos captar la atención de los estudiantes y por lo tanto obtendremos un mejor nivel de aprendizaje.
4. Calificación automática.
La evaluación no fue mencionada como una de las estrategias didácticas al comienzo de este trabajo, sin embargo considero de suma importancia tener presente lo que la informática puede hacer en este tema, y como redunda en un mejor desarrollo del proceso educativo y en el cambio de determinados parámetros, por eso me pareció necesario incluirla.
El problema de la masificación que se sufre en nuestra facultad tiene como consecuencia el poco tiempo que tiene un profesor para dedicarle a un alumno y a las pruebas que deba rendir. Rafael Tablas y Sastre entiende que: "Es pues, urgente, investigar en las aplicaciones instrumentales de la informática, para conseguir elaborar programas de ordenador capaces de ser aplicados a la enseñanza en torno a estos 3 objetivos fundamentales: 1) la calificación automática. 2) La simulación por ordenador. 3) La enseñanza programada."
Este autor entiende que la calificación automática otorgaría una serie de ventajas que mejoraría la calidad de la enseñanza. La labor de calificar , nos dice, es una de las más importantes que cumple el profesor, por la responsabilidad que conlleva. Pero, por sí misma, es una tarea pesada y aburrida, que no gratifica al profesor.
El profesor deja de ser el Maestro que ayuda y orienta a sus alumnos, se convierte en un calificador, al cual el alumno ya no ve como un amigo. Con la calificación automática el profesor sólo tendría que fijar los criterios y parámetros. Y será el ordenador quien calificará, y lo hará manteniendo siempre el mismo nivel de atención y objetividad frente a los alumnos, sin que puedan influirlo, cansarlo o distraerlo. El profesor tendrá más tiempo para dedicar a enseñar e investigar.
Existe un programa (desarrollado por el autor antes mencionado) de exámenes que funciona desde el curso 1988-1989 y ha rendido plena satisfacción. El estudiante decide cuando está preparado para realizar la prueba. Se les ha permitido hacer un segundo intento por cada una de las pruebas en el supuesto de que se hubiera suspendido la primera. Para la calificación final solo se toma la mejor de las dos notas.
Cuando el estudiante entra al programa pulsa cualquier tecla y aparece un menú en el que se le solicita que pulse el número correspondiente al libro o artículo objeto de la prueba, de una lista que se ofrece en la pantalla. Luego se pasa a otro menú que solicita el capítulo o parcial correspondiente. De aquí vamos a una tercera pantalla que solicita los datos personales del alumno, tales como su nombre, y el grupo al que pertenece. A continuación el ordenador comprueba la veracidad de estos datos, así como las pruebas que ha realizado el alumno, informándole del resultado de las mismas. Por último la computadora presenta una pantalla en la que advierte que en unos instantes comenzará el examen para que el estudiante se prepare.
"El examen consiste en 50 preguntas que el ordenador selecciona de una forma aleatoria de un fondo que puede ser tan amplio como se quiera, generando la secuencia de las cincuenta preguntas a partir de una semilla que toma de su propio reloj cuando el alumno a terminado de introducir sus datos. De este modo, se produce una certeza absoluta sobre cuáles son las preguntas verdaderas y cuáles son las falsas, exigiéndose siempre el conocimiento del texto propuesto. Además, existe el mismo número de preguntas verdaderas como de falsas con lo que se elimina en parte, la posibilidad de aprobar contestando siempre verdadero en un supuesto de que el fondo contuviese un número mayor de preguntas verdaderas que de falsas, lo contrario también es cierto."
Cada vez que el alumno se equivoca la computadora le advierte mediante el siguiente mensaje: "Su respuesta es incorrecta", al tiempo el computador actualiza el contador de errores (que siempre aparece en la pantalla) añadiendo uno al mismo. La calificación se calcula para los aprobados restándole medio punto por error y para quienes perdieron de acuerdo a la proximidad con la pregunta cincuenta.
Este programa fue creado para medir el grado de comprensión de un texto determinado y, exige un verdadero conocimiento del mismo.
5. Conclusión.
Además del conocimiento como tal, la formación universitaria da al estudiante un estilo profesional, para que tenga conocimiento acerca de los parámetros con que deberá manejarse al salir a la vida jurídica. La informática, y por lo tanto la informática jurídica ha cambiado el perfil de nuestra profesión, lejos quedó la máquina de escribir y los carbónicos. Ha comenzado una era en que el trabajo individual se está dejando de lado, y se está apuntando a la especialización y por lo tanto al trabajo conjunto e interdisciplinario. Esto hace necesario un cambio en la formación del estudiante, ya que deben sustituirse costumbres y valores, el litigio ya no es el centro de la abogacía, por lo tanto la actitud de enfrentamiento debe cambiarse por una de colaboración. La informática jurídica es la gran herramienta de este fin de siglo, como juristas no podemos dejar de utilizarla, como docentes debemos lograr el acercamiento de los jóvenes a la tecnología, para que puedan aprovecharla en todas las facetas que nos ofrece y en las prestaciones futuras, que sin duda, seguirán sorprendiéndonos.

martes, 6 de julio de 2010

TEMA 4. INFORMATICA JURIDICA DECISIONAL

TEMA 4
INFORMATICA JURIDICA DECISIONAL

DEFINICIÓN

El señor Orlando Solano Bárcenas presenta en su libro Manual de Informática Jurídica la siguiente definición:
"La Informática Jurídica Decisional, actúa sobre los modelos que se pueden construir sobre la base de datos retenidos en registros previamente levantados con los términos de la Informática Jurídica Documental. Dichos modelos, puestos en funcionamiento, permiten explicar la realidad de la cual el modelo es una versión abstracta, que sirve para hacer factible una previsión de comportamiento frente a múltiples posibilidades. La Informática Jurídica Decisional utiliza una herramienta, los sistemas expertos. Estos le facilitan la toma de decisiones, por su inmensa capacidad para escoger la respuesta adecuada dentro de parámetros característicos de la situación que se ha de resolver".
Es de notar que este autor contempla la Informática Jurídica Decisional como una parte especializada de la Informática Jurídica de Gestión.
Por su parte, Carmen Cintron Ferrer expone en la conferencia titulada La Aplicación de las Técnicas de Inteligencia Artificial a la Informática Jurídica[, una posible relación entre estas dos disciplinas:
"El uso de las tecnologías en los sistemas de justicia debe dirigirse por rumbos más positivos y prácticos. Los conceptos y métodos de la informática, particularmente la rama que denominamos Inteligencia Artificial, deben encaminarse al auxilio de los juristas en su obligación de impartir justicia en igualdad de condiciones. [...] Las decisiones emitidas por robots (máquinas inteligentes) no garantizan el que se imparta justicia. No obstante, la posibilidad de la existencia y uso de dichas máquinas, aunque distante, se acerca cada día más".
El iusinformático Antonio Martino, define los sistemas expertos legales de la siguiente forma:
"Un Sistema Experto Legal consiste en una serie de programas que consisten en obtener inferencias válidas a partir de una base de datos jurídicos estructurada, siguiendo recorridos no previstos, justificando cada recorrido en la indicación de las reglas aplicadas y poniendo a disposición una interfase hombre-máquina que facilite la introducción de nuevas reglas en los puntos en los cuales la base de conocimientos se revela incompleta o no actualizada. Un Sistema Experto Legal debería ser capaz de simular aquella parte del racionamiento jurídico (de un experto jurídico) que de las normas extrae conclusiones o de los precedentes consigue una regla general".

SISTEMA DE EXPERTOS ARTIFICIALES
Este sistema o técnica es la más utilizada, establecida y en parte completa dentro de las técnicas que conforman a la inteligencia artificial.
Consiste en la incorporación de conocimientos de expertos humanos sobre una determinada problemática o materia, para la solución de cualquier tipo de problema, sobre todo aquellos no solucionables por los métodos tradicionales de la Informática.
A continuación se enfocarán algunas ventajas y desventajas acerca de los sistemas expertos artificiales en relación con los humanos, con lo cual se puede hacer referencia a los puntos positivos y negativos de la inteligencia artificial y la humana, siguiendo la orientación del Licenciado en Informática Jesús Vaquero Carballo.
¿Por qué desarrollar un sistema experto artificial?
* Para preservar el conocimiento de algún experto de una compañía que se jubile, renuncie o fallezca.
* Para poder propagar ese conocimiento por el resto de la compañía.
* Crea un mecanismo no sujeto a defectos humanos, como la fatiga.

EL SISTEMA DE EXPERTO ARTIFICIAL LEGAL
Constituye un sistema basado en inteligencia artificial, a través del cual se recopila y archiva electrónicamente información legal para que pueda resolver de manera pragmática problemas o consultas legales planteadas por los usuarios, así como un experto humano (abogado) podría resolver consultas de sus clientes.
La mayoría de los sistemas expertos artificiales legales son basados en jurisprudencia y recopilación legal, de manera que los abogados tengan la facilidad de trabajar sin perder el tiempo buscando o investigando casos referidos a puntos específicos en alguna jurisprudencia o una norma determinada.
Un sistema de experto legal artificial debe estar capacitado para producir mediante programas de relación y detección, consejos similares de los que cualquier persona podría adquirir de un abogado, de manera que trabaja al mismo nivel pragmático que un abogado, mas no del mismo nivel filosófico de jurisprudencia o interpretación de leyes.
En Estados Unidos se ha desarrollado un sistema artificial de experto legal llamado Shyster, que consiste en un sistema de casos legalmente basados. Este sistema proporciona consejos a través de la relación de casos similares.

Otros autores tienden a ver el objetivo de la Informática Jurídica Decisional muy similar al de la Informática Jurídica de Gestión, como es el caso de Hermilio Tomás Azpilcueta:
"Debe ser perfectamente comprendida (la Informática Jurídica Decisional) para no pensar en un automatismo de la decisión equivalente a una iuscibernética, sino en la ayuda que pueda prestar al juez en cuanto a establecer unas determinadas pautas en resoluciones muy repetitivas y facilitar la redacción de las mismas, bien al propio juez, bien al funcionario judicial que tenga que llevar a cabo la tarea de copia".
APLICACIÓN DE LA INTELIGENCIA ARTIFICIAL EN LA INFORMÁTICA JURÍDICA DECISIONAL
Como menciona Solano, los sistemas expertos son una herramienta usada por la Informática Jurídica Decisional, siendo estos una aplicación de la Inteligencia Artificial.
La Inteligencia Artificial, como tal, se puede agrupar en tres grandes áreas o clasificaciones a saber:
A) Análisis automático y conocimiento del lenguaje (idioma natural).
B) Solución automática de problemas y prueba o demostración de teoremas.
C) Robótica.
Se descarta la aplicación de la robótica en el ámbito jurídico, porque el desarrollo de un jurista mecánico o de un sistema de justicia que dependa del uso de robots no se contempla en un futuro cercano. Las restantes categorías, por el contrario, tienen gran pertinencia y aplicabilidad en el ámbito jurídico.
Las posibles aplicaciones, según Cintron, pueden ser de dos clases, los sistemas de informática jurídica y los sistemas de análisis jurídico.
En los Sistemas de Informática Jurídica, la actividad inteligente hace referencia a la recuperación de la mayor cantidad de información jurídica pertinente del banco de datos utilizado. Resulta, pues, viable la implantación de un sistema automático de búsqueda conceptual. Otro aspecto es la posible utilización de las técnicas de respuesta a interrogantes en los bancos de datos jurídicos, o el establecimiento de bancos de datos que provean acceso a la información pertinente, sin que el investigador tenga que dedicarse a examinar y evaluar los documentos que resultan de la búsqueda.
El Sistema de Análisis Jurídico, es decir, un sistema jurídico experto, puede describirse como un sistema que organiza y expresa automáticamente un conjunto de conocimientos y produce para el usuario una recomendación acorde a las normas preestablecidas de la acción a seguirse. Los elementos que integran un sistema experto de esta naturaleza son los siguientes:
Capacidad para representar en abstracto la descripción de un caso en cuanto a los hechos.
Capacidad para representar en abstracto, y en forma lógica, los principios jurídicos aplicables al caso, y la capacidad para evaluar las implicaciones de la aplicación de las normas al caso.
La existencia de un mecanismo que efectúe el análisis jurídico; esto es, que seleccione las normas o principios pertinentes y los aplique.
Un programa inteligente aplicado al derecho contencioso, por ejemplo, trataría de simular el comportamiento de un juez cuando se enfrenta a un problema litigioso. En este caso, el programa no necesitaría pensar como un juez (y, por supuesto, tampoco sentir) sino que debe actuar como él. Sobre todo en lo relacionado con sus métodos de encontrar soluciones a determinados problemas; deducción, solución de acertijos, prueba de teoremas, combinaciones, y, sobre todo, de la teoría de las decisiones.
Naturalmente, para llegar a un "juez" mecánico óptimo se necesitaría del concurso de jueces humanos expertos que transmitan su experiencia. Mas todo esto es inútil si no se pierde la ciberfobia a la informática jurídica decisional.
ASPECTOS EN CONTRA DE LA APLICACIÓN DE LA INFORMÁTICA JURÍDICA DECISIONAL
Las respuestas no se obtienen por deducción lógica, es decir, las reglas jurídicas no tienen la fuerza que tienen las reglas o sus equivalentes en otros campos, como en las matemáticas; uno no las encadena para llegar a una respuesta, generalmente se encuentran en una perspectiva heurística y no teórica.
Los términos utilizados en las reglas jurídicas generalmente dan lugar a una gran cantidad de interpretaciones. Por otro lado todos los conceptos jurídicos tienen excepciones o cambian con el tiempo.
En el campo del derecho, con frecuencia hay también más de una respuesta. El arte de la retórica de los juristas enfrentados lleva casi siempre al menos a dos respuestas opcionales.
Las respuestas del derecho cambian de manera gradual o abrupta. Nuevos conceptos legales surgen o se modifican sustancialmente los antiguos.

APLICACIONES

Thomas Hendrik y Bruce Buchanan iniciaron en 1970 una serie de investigaciones sobre inteligencia artificial, que tiene como finalidad ayudar a los juristas a la comprensión de los criterios de razonamiento y solución de problemas de orden jurídico.
Sistema Taxman II desarrollado por Mc Carty y Sridham, para títulos accionarios y derecho fiscal.
Sistema Hafner Legal Research System, especializado en derecho cambiario.
Sistema de Allen, de normalización del lenguaje jurídico.
Sistema desarrollado por el Instituto para la Documentación Jurídica de Florida para el cálculo de montos en accidentes automovilísticos

TEMA 3. ANALISIS DE LOS TIPOS DE INFORMATICA JURIDICA

TEMA 3
ANÁLISIS DE LOS TIPOS DE INFORMATICA JURIDICA

3.1. INFORMÁTICA JURÍDICA DOCUMENTAL O DOCUMENTARIA.

Como ya lo estudiamos este tipo de informática jurídica consiste en la creación y recuperación de información jurídica como
leyes, doctrina y jurisprudencia.
Sin embargo, a medida que se desarrolla la Informática jurídica se empieza a crear la idea de programas a través de los cuales se pudiesen obtener actos jurídicos como
contratos, certificaciones, mandatos judiciales. Fue en este sentido como nace la Informática jurídica de gestión y control, para posteriormente buscar el desarrollo de actividades jurídico adjetivas.
Y por último tenemos a la Informática Jurídica Decisional, Metadocumental o Metadocumentaria, a través de la cual se ayuda o apoya en la
toma de decisiones, en la educación, investigación, redacción y previsión del Derecho, a través de sistemas de inteligencia artificial.

LA INFORMÁTICA JURÍDICA DOCUMENTAL.
NOCIONES GENERALES
La Informática Jurídica Documentaria constituye el área más antigua de la informática jurídica; radicando sus orígenes en los trabajos de John Horty en la Universidad de Pittsburg.
Esta parte de la informática jurídica se desarrolla con la finalidad de expandir los sistemas de
documentación automatizada, por cuanto es evidente en la actualidad que los campos de conocimientos reflejados en textos; es decir, en volúmenes documentarios, ha crecido y expandido tanto, que los métodos tradicionales de búsqueda documentaria han quedado totalmente obsoletos.
Específicamente en el aspecto jurídico se ha dado un gran desarrollo y publicación de textos referidos a leyes, los cuales han pasado a ser de carácter general para ser desarrollados específicamente, aumentando su cantidad especialmente en los últimos veinte años.
En estos sistemas de informática jurídica documentaria se busca la creación de bancos de datos jurídicos o llamado también corpusjurídico documentario; que se refiera a cualquier fuente del derecho con la finalidad de poder establecer una relación entre el usuario y la computadora, la cual se torna interactiva, haciendo posible de que el usuario interrogue o enfoque palabras para que la computadora realice la función de búsqueda de las mismas.
Inicialmente, la función de la computadora a través de programas especiales estuvo muy limitada, debido a que se comenzó utilizándolas como
almacenamiento y recuperación de la información. A medida de su evolución, se comenzó a instalar programas de búsqueda de documentos pertinentes.
Los primeros sistemas de interrogación de bancos jurídicos fueron los sistemas llamados Batch, los cuales permitían la búsqueda en los archivos de textos y palabras ordenadas alfabéticamente, indicando como respuesta la dirección, archivo o archivos específicos donde se pudiese obtener la información; posibilitando la consulta a través de la combinación de palabras para hacer la búsqueda más determinada, e inclusive excluir información específica de una general. A través de los sistemas Batch se puede escribir por ejemplo: Informática, y de esta manera muestra todos los documentos que traten este punto; pero si escribimos informática jurídica (combinación de dos palabras), la búsqueda se hace más específica y entonces, ya mostrará sólo los documentos que traten acerca de la informática jurídica. Pero, si resulta que el lector desea información general de informática jurídica, pero no le interesa nada acerca de la jurimetría, pues tipea: informática jurídica jurimetría (no), para que el programa de búsqueda excluya toda la información referida a la jurimetría mas no a la informática jurídica en general.
De estos sistemas Batch se pasó a los on line, a través de los cuales con Internet, no sólo se logran los propósitos de los sistemas Batch, sino que se extiende a espacios interactivos, multimedia y programas especiales muy sofisticados como los de la inteligencia artificial, específicamente los expertos artificiales y por consiguiente los expertos legales artificiales.
Para concluir este punto, destaca el autor que la finalidad de la informatización en un sistema documentario jurídico trata acerca del desenvolvimiento, búsqueda y adquisición de manera rápida y pertinente la información que previamente ha sido almacenada. Estas informaciones almacenadas son las que constituyen el
banco de datos, corpus o corpus jurídico.

3.2. DEFINICIÓN DE CONCEPTOS BASICOS: INFORMACIÓN, DOCUMENTO Y SISTEMA DE INFORMACIÓN.

INFORMACIÓN:
En sentido general, la información es un conjunto organizado de datos procesados, que constituyen un mensaje sobre un determinado ente o fenómeno. Los datos se perciben, se integran y generan la información necesaria para producir el conocimiento que es el que finalmente permite tomar decisiones para realizar las acciones cotidianas que aseguran la existencia.
Desde el punto de vista de la ciencia de la computación, la información es un conocimiento explícito extraído por seres vivos o sistemas expertos como resultado de interacción con el entorno o percepciones sensibles del mismo entorno. En principio la información, a diferencia de los datos o las percepciones sensibles, tienen estructura útil que modificará las sucesivas interacciones del ente que posee dicha información con su entorno.

DOCUMENTO:
Un documento es el testimonio material de un hecho o acto realizado en el ejercicio de sus funciones por instituciones o personas físicas, jurídicas, públicas o privadas, registrado en una unidad de información en cualquier tipo de soporte (papel, cintas, discos magnéticos, películas, fotografías, etcétera) en lengua natural o convencional. Es el testimonio de una actividad humana fijada en un soporte.
Cuando los documentos se producen para atender a las competencias y actividades encomendadas a las organizaciones e instituciones, y se realizan a lo largo del tiempo, adquieren su carácter seriado y se denominarán series documentales (actas, libros de contabilidad, correspondencia, etcétera).
Tradicionalmente, el medio de un documento era el papel y la información era ingresada a mano, utilizando tinta (esto es lo que se denomina hacer un documento manuscrito) o por un proceso mecánico (mediante una máquina de escribir, o utilizando una impresora láser).
Desde el punto de vista de la informática, es un archivo, pero con determinados atributos ya que contiene datos textuales o gráficos creados por el usuario con su computadora mediante un programa. El archivo recibe un nombre y un formato para guardarlo en un directorio, subdirectorio o carpeta previamente asignado en la unidad de almacenamiento. Es posible volver a abrirlo cuando se necesite acceder a su contenido, ya sea para imprimirlo, modificarlo o eliminarlo. Es mucho más frecuente decirle solamente archivo.
Todo objeto material que porte, registre o fije, en sí, información, es decir, el conjunto formado por el contenedor con su contenido; con el objetivo de conservar y transmitir dicha información en el dominio del espacio y del tiempo a fin de ser utilizada como instrumento jurídico o probativo, testimonio histórico, etc.
Toda fuente de información registrada sobre cualquier soporte, sea un disco compacto (CD), un DVD, papel, papiro o incluso una piedra o trozo de madera. Los documentos pueden clasificarse de acuerdo a:
A) Al soporte material usado para consignar la información.
B) Las características informacionales.

SISTEMA DE INFORMACIÓN:
Un sistema de información (SI) es un conjunto de elementos orientados al tratamiento y administración de datos e información, organizados y listos para su posterior uso, generados para cubrir una necesidad (objetivo). Dichos elementos formarán parte de alguna de estas categorías:

ELEMENTOS DE UN SISTEMA DE INFORMACIÓN.
1. PERSONAS.
2.
DATOS.
3.
ACTIVIDADES O TÉCNICAS DE TRABAJO.
4. RECURSOS MATERIALES EN GENERAL (típicamente
recursos informáticos y de comunicación, aunque no tienen por qué ser de este tipo obligatoriamente).
Todos estos elementos interactúan entre sí para procesar los datos (incluyendo procesos manuales y automáticos) dando lugar a información más elaborada y distribuyéndola de la manera más adecuada posible en una determinada organización en función de sus objetivos.
Normalmente el término es usado de manera errónea como sinónimo de sistema de información informático, en parte porque en la mayoría de los casos los recursos materiales de un sistema de información están constituidos casi en su totalidad por sistemas informáticos, pero siendo estrictos, un sistema de información no tiene por qué disponer de dichos recursos (aunque en la práctica esto no suela ocurrir). Se podría decir entonces que los sistemas de información informáticos son una subclase o un subconjunto de los sistemas de información en general.

3.2.1. MÉTODOS DE ALMACENAMIENTO DE DATOS DOCUMENTARIOS
Los métodos de datos documentarios surgen a raíz del estilo jurídico, en el sentido de que en el aspecto legal las palabras que integran a los documentos jurídicos no pueden ser consideradas como unidades fundamentales, con un sentido cada una de ellas, lo que trae como consecuencia que cada documento esté caracterizado de manera única por las palabras utilizadas.

3.2.2 VENTAJAS Y DESVENTAJAS DE LA INDEXACIÓN, ABSTRACT Y FULL TEXT.

* Método del Texto Integral o Full Text:
Consiste en la
introducción en la memoria de la computadora, de textos íntegros, lo que trae como consecuencia la onerosidad, resultado de la gran cantidad de memoria utilizada. Además, es muy factible la adquisición de información distinta de la que es requerida.

* Método de Indexación o Key
Word:
Este método implica el estudio o análisis previo del documento, con la finalidad de extraer los conceptos, circunstancias y en sí las características fundamentales.
El mencionado método también se hace oneroso por la necesidad de tener un personal calificado, pero trae como consecuencia positiva que la información requerida por los usuarios evite la extensa información no requerida.
* Abstract:
Toda vez que se trata de un resumen o abstracción del contenido de un documento, esto permite la localización más fácil de la información de manera genérica, pero pueden existir omisiones en el objetivo buscado dentro de dicha información, lo que ocasiona que no se tenga la certeza de que la información realmente buscada se encuentra en dicho texto, confundiendo el proceso de la investigación.

3.3. PROBLEMAS DE LENGUAJE
INCONVENIENTES A NIVEL GRAMATICAL
Como se mencionó anteriormente, los métodos de datos documentarios surgen a raíz del estilo jurídico, ya que en el aspecto legal las palabras que integran a los documentos jurídicos no pueden ser consideradas como unidades fundamentales con un sentido cada una de ellas, lo que trae como consecuencia que cada documento esté caracterizado de manera única por las palabras utilizadas.

Algunos de estos inconvenientes, se obtienen por ejemplo, a través de palabras que se escriban diferente pero sean sinónimas; que se escriban igual y tengan significados diferentes, porque para la búsqueda de la información, inclusive, se debe tener en cuenta hasta el orden de términos para que se pueda obtener información completa.

Por ejemplo, en el caso de palabras o frases que signifiquen lo mismo, como: no constitucional e inconstitucional, se deberá buscar la información mediante estas dos formas, debido a que si sólo la buscamos por no constitucional, entonces habrá mucha información que será obviada por estar archivada como inconstitucional y así sucesivamente.

3.5. INSTRUMENTOS LINGÜÍSTICOS
Como respuesta para dar solución a los problemas desarrollados en el punto anterior existen dos mecanismos que contrarrestan esta problemática, que son el léxico y los Tesaurios. El primero, consiste en la organización de todas aquellas palabras que tengan contenido informativo en la computadora; de forma que ayude a resolver problemas inclinados especialmente a la sinonimia y polisemia u homografías. Mientras que el segundo, sirve sobre todo de medio de apoyo al usuario para contrarrestar los problemas surgidos a raíz de la analogía, antonimia, entre otros, al momento de la interrogación

3.5.1. EL THESAURUS, DIVERSAS CLASIFICACIONES, REGLAS PARA SU ELABORACIÓN.

La palabra tesauro, derivado del neolatín que significa tesoro, se refiere al listado de palabras o términos empleados para representar conceptos. El término proviene del latín thesaurus, el cual tiene su origen del griego clásico θησαυρός (thesauros), almacén, tesorería. Como neologismo del latín es acuñado a principios de la década de 1820.

ACEPCIONES
Un thesaurus es un vocabulario controlado, estructurado en relaciones jerárquicas y asociativas, destinado por los documentalistas para que almacenen y recuperen los documentos de un sistema de información determinado, recorran ó usen palabras clave para referirse a su contenido.
Adquiere al menos dos significados relacionados, el primero en el campo de la literatura, el segundo en el campo de la Bibliotecología o Ciencias de la Información.
En el campo de la literatura, es una lista de palabras con significados similares sinónimos, habitualmente acompañada por otra lista de antónimos. Un ejemplo sería un tesauro dedicado a un campo especializado, que contiene la jerga que se emplea en dicho campo del conocimiento. En el mundo de habla inglesa, es clásico el Tesauro de Roget, cuya función es, según su autor, además de ayudar al escritor a encontrar la palabra que exprese mejor su pensamiento, también estimular su intelecto y sugerirle palabras o ideas relacionadas.
En el campo de la bibliotecología o de las Ciencias de la Información, un tesauro es una lista que contiene los "términos" empleados para representar los conceptos, temas o contenidos de los documentos, con miras a efectuar una normalización terminológica que permita mejorar el canal de acceso y comunicación entre los usuarios y las Unidades de Información (Entiéndase unidad de información como: biblioteca, archivo o centros de Documentación).
Aunque en la práctica tradicional se habla de Unitérminos, en la actualidad se ha efectuado grandes variaciones dando incorporación a términos o descriptores compuestos, es decir, descriptores que se componen de dos o más palabras.
Los términos que conforman el tesauro se interrelacionan entre ellos bajo tres modalidades de relación:
1. Relaciones jerárquicas: Establece subdivisiones que generalmente reflejan estructuras de TODO/Parte.
2. Relaciones de equivalencia: Controla la Sinonimia, Homonimia, Antonimia y Polinimia entre los términos.
3. Relaciones asociativas: Mejoran las estrategias de recuperación y ayudan a reducir la polijerarquía entre los términos.
Es un intermediario entre el lenguaje que encontramos en los documentos (lenguaje natural) y el que emplean los especialistas de un determinado campo del saber (lenguaje controlado). Aunque los incluye, las entradas de un tesauro no deben ser consideradas sólo como una lista de sinónimos.
DESCRIPCIÓN
En líneas generales, un tesauro comprende lo siguiente:
A) Un listado de
términos preferidos, que se los ordena en forma alfabética, temática y jerárquicamente.
B) Un listado de sinónimos de esos términos preferidos, llamados descriptores, con la leyenda "úsese (término preferido)" o una indicación similar.
C) Una jerarquía o relaciones entre los términos. Esto se expresa con la identificación de "términos más generales" y "términos más restringidos".
D) Las definiciones de los términos, para facilitar la selección de los mismos por parte del usuario
E) Y un conjunto de reglas para usar el tesauro.

3.5.2. DESCRIPTORES
Un descriptor es cada uno de los términos o expresiones escogidos entre un conjunto de sinónimos o cuasi sinónimos para representar (en calidad de término preferido) generalmente de manera unívoca, un concepto susceptible de aparecer con cierta frecuencia en los documentos indizables, y en las consultas que se realicen. El descriptor corresponde normalmente a la etiqueta de un concepto, y es la unidad mínima de significado que integra un tesauro o una lista de descriptores. Suele acompañarse de una nota de alcance o, menos usualmente, de una definición en los casos que el mero registro del término puede provocar problemas de ambigüedad en su interpretación. El descriptor es el término por el cual efectivamente se indizará (por eso se llama también término de indización), y por el cual se recuperarán los documentos referidos a su temática.


Ejemplo de uso de tesauro modificado
Veamos, como ejemplo, parte de la sección alfabética de un tesauro impreso: (nótese que los términos preferidos están en mayúscula (en este caso, la palabra AUTOMÓVIL)
Auto: úsese Automóvil
Autómata
Automatismo
AUTOMÓVIL
Término más general: medios de transporte
Término(s) subordinado(s):
sedán
coupé
todo terreno
Baloncesto
Bicicleta
Camión
Carro: úsese Automóvil
Coche: úsese Automóvil
Motocicleta
etc.

En la sección temática del tesauro, encontraremos agrupados los temas, habitualmente de lo más general a lo más específico:
Medios de transporte
Medios de transporte terrestre
Automóvil
sedán
coupé
todo terreno
Medios de transporte aéreo
Medios de transporte marítimo

Se debe tener en cuenta que los tesauros no tienen por qué ser completos, en el sentido de abarcar todo el conocimiento. Generalmente se limitan a un área temática específica, y desde un cierto ángulo en particular. Es así que existen innumerables tesauros específicos. Como ejemplo de tesauros, podemos citar el Tesauro de la Propiedad Industrial (en español), el MeSH o encabezamientos temáticos médicos (en lengua inglesa), y a Agrovoc (tesauro multilingüe de términos de agricultura).
En rigor de verdad, no es la función de un tesauro definir las palabras (esta función es propia del diccionario). Sin embargo, muchos tesauros contienen definiciones de los términos que emplean, con el fin de que el usuario del tesauro no tenga dudas al seleccionar un término.

CLASIFICACIÓN:

1. Thesaurus por redes semánticas: Los conceptos que integran el vocabulario seleccionado se reagrupan en redes semánticas; esto hace que un archivo en donde se vacían todos los conceptos que se tienen, de esta manera el thesaurus se irá formando a partir de los conceptos sobre el área determinada de análisis.
Ejemplo:
EN MATERIA PENAL LA RED SEMANTICA SERÁ:
“DELITOS PATRIMONIALES”
*ROBO
*ABIGEATO
*ABUSO DE CONFIANZA
*FRAUDE
*USURA
*DESPOJO
*DAÑO EN LOS BIENES, ETC.

2. Thesaurus por conceptos implícitos: Son conceptos que no son señalados expresamente en el documento fuente, pero se deducen de la información contenida en ese documento.
Ejemplo:
LESIONES:
*LEVÍSIMAS
*LEVES
*GRAVES
*GRAVÍSIMAS

3. Thesaurus de tipos de relación de conceptos: Las relaciones que tendrán los conceptos son principalmente tres, sinonimia, jerarquía y asociación.
En las relaciones de sinonimia de conceptos, existe una vinculación en el significado de dos o más conceptos.
Ejemplo:
CODIGO PENAL = CODIGO DE DEFENSA SOCIAL
DELITOS SEXUALES = DELITOS CONTRA LA LIBERTAD E INEXPERIENCIA SEXUAL.
ROBO DE GANADO = ABIGEATO

En las relaciones de jerarquía de los conceptos, se considera que un concepto es parte de otro, ya sea que un concepto sea mas amplio que otro (inclusión ascendente) o que sea una parte de otro concepto mas amplio (inclusión descendente).
Ejemplo:
DELITOS CONTRA
LA COLECTIVIDAD
DELITOS CONTRA LA SALUD
DELITOS CONTRA LA SALUD PUBLICA
DELITOS DE PELIGRO DE CONTAGIO

INIMPUTABLES
EBRIOS
PERSONAS BAJO EL INFLUJO
DE ESTUPERFACIENTES
PERSONAS BAJO EL INFLUJO DE
PSICOTRÓPICOS
PERSONAS BAJO EL ESTADO
DE INCONCIENCIA
LOCOS
SORDOMUDOS

En las relaciones de asociación de los conceptos, existe una vinculacion de ideas, entre un concepto, con otro u otros, pudiendo ser esta relacion cercana o lejana.
Ejemplo:
DELITOS CONTRA EL HONOR DELITOS CONTRA LA REPUTACION
DE LAS PERSONAS

DELITOS SEXUALES DELITOS CONTRA LA FAMILIA
(INCESTO) (INCESTO)

ROBO FRAUDE
(AFECTAN EL PATRIMONIO DE UNA PERSONA)


3.6. INFORMATICA JURIDICA DE GESTIÓN
La informática jurídica de gestión, que en un inicio se pensó para facilitar la labor de los jueces en cuanto al control de los datos que contiene cada caso y cada expediente en concreto, se ha extendido a una gran variedad de actividades jurídicas.
Este tipo de informática jurídica nos provee de herramientas que nos ayudan a tener mayor control y orden en los procesos de trabajo. Nuestra labor se centrará en proporcionar la información al equipo de cómputo, para que éste lo organice, lo ordene y nos proporcione cifras, nombres, fechas, estadísticas o cualquier otro dato de la información almacenada.

Julio Téllez.
La Informática Jurídica de Gestión: Desarrollo de actividades jurídico adjetivas.
Su uso en la Administración Pública.
Su uso en los órganos Jurisdiccionales.
Su uso en despachos y notarias.
Su uso en la Administración Pública: Mejoramiento sustancial de las estructuras jurídico-administrativas, agilizar tramites de asuntos jurídico-administrativos para contribuir a la disminución de la burocracia y corrupción especialmente en la administración de la justicia, permitiendo la impartición de una justicia rápida, expedita y particularizada.
Su uso en Órganos Jurisdiccionales: Originó a la informática Judiciaria, con gran desarrollo en la actualidad. Automatización de actividades tales como formulación agendaria de jueces y magistrados, redacción automática de textos jurídicos a manera de sentencias. Ejemplos: Oficinas fiscales de EE. UU., posibilidad de archivar y elaborar enormes cantidades de información y al mismo tiempo uniformar las actuaciones de los fiscales en todo el territorio de la unión americana. En materia penal tenemos emisión automática de dictámenes penales en 40 tribunales de policía en Paris permitiendo depurar los archivos penales, mejor solventación en la recuperación y seguimiento de los procesos.
Su uso en Despachos y Notarías: La Podemos conceptualizar como "Ofimática Jurídica " (Automatización de oficinas de índole jurídico). En el campo notarial más que simple tratamiento de textos se ofrece un menú completo de las principales actividades con una organización, control y seguimiento de los mismos (agenda, estado de asuntos, registros, etc.).

En los despachos de abogados los sistemas automatizados simplifican un gran número de labores propias de dicho entorno (control de asuntos, honorarios, redacción y verificación de escritos, etc.).

Fernando Jordan.
La Informática Jurídica de Gestión: está dirigida a actuar dentro de un proceso fundamentalmente administrativo, está dominado por el procesamiento de datos.

SISTEMAS INFORMATICOS EN LA COMISION NACIONAL DE DERECHOS HUMANOS
Desarrollo de Sistemas
En enero de 2000, prácticamente al inicio de la gestión del Dr. José Luis Soberanes Fernández, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos contaba con sistemas informáticos independientes uno de otro para el registro y control de los expedientes de: quejas; orientaciones; remisiones; recursos de inconformidad; solicitud de envío de información de recurso; seguimiento de recomendaciones, y oficialía de partes. Esta independencia entre las bases de datos propiciaba:
• La falta de unificación de criterios para el registro de la información;
• Se requería demasiado tiempo para llevar a cabo los diferentes procesos encargados de obtener las datos necesarios para elaborar informes y estadísticas;
• Las bases de datos utilizadas eran obsoletas y por lo tanto no se aprovechaba de manera óptima la tecnología informática con que contaba en ese momento este organismo constitucional autónomo; y
• Las bases de datos no contaban con seguridad integrada, así como un administrador encargado de la manipulación segura, precisa, rápida y consistente de los datos.
Además de lo anterior, las aplicaciones utilizadas para el registro de los expedientes habían sido desarrolladas en un lenguaje de programación rebasado por la tecnología, lo cual ocasionaba:
• Poca o nula capacidad de la aplicación para interactuar con otras tecnologías informáticas;
• Nula capacidad para interactuar con medios de almacenamientos con tecnología cliente servidor; y
• Lentos procesos de trabajo y poco eficientes.
Después de un análisis profundo de las situaciones antes mencionadas se procedió a:
1. Centralizar las diferentes bases de datos con el objeto de integrar la información,
2. Desarrollar nuevos sistemas informáticos con herramientas adecuadas a las necesidades del momento, además de aprovechar la tecnología informática con que se contaba en ese entonces.
Con base en lo anterior, los sistemas desarrollados para utilizar la nueva base de datos centralizada, fueron los siguientes:

• “Sistema de Gestión”. Registra, controla y da seguimiento a los expedientes de Quejas, Orientaciones, Remisiones, Recursos de Inconformidad, Solicitudes de Envío de Información de Recursos y Seguimiento de Recomendaciones;

• Sistema de Conciliaciones. Registra, controla y da seguimiento a las Conciliaciones;

• “Sistema Oficialía de Partes”. Registra toda la documentación recibida en la oficina de Oficialía de Partes;

• “Sistema de Informes”. Proporciona reportes con información gerencial para la toma de decisiones;

• “Sistema de Informes de Visitadurías”. Proporciona datos con información gerencial específica para cada Visitaduría General;

• “Sistema de Catálogos Comunes”. Administra los catálogos unificados;

• “Sistema de Accesos”. Administra el acceso de los sistemas que utilizan la base de datos centralizada;

• “Sistema de Respaldos”. Respalda la base de datos centralizada con el fin de proteger y asegurar los datos almacenados; Una vez realizado lo anterior, a solicitud de las unidades responsables, se desarrollaron los sistemas siguientes:
1. “Sistema de Atención a Víctimas del Delito y Abuso del Poder“, desarrollado con el propósito de contar con una base de datos confiable para el registro, control y seguimiento de expedientes relacionados con el Programa de Atención a Víctimas del Delito y Abuso del Poder.
2. “Sistema de Transparencia y Acceso a la Información”, encargado de registrar, controlar y dar seguimiento a los expedientes de Transparencia y Recursos de Transparencia.
3. “Sistema de Acceso a la Información (SISAI)”, fue diseñado para el público en general que necesite vía internet, realizar solicitudes de información pública, solicitudes de datos personales, solicitudes de modificación de datos personales y recursos de revisión.
4. “Sistema de Acuerdos de la Presidencia”, apoya en las gestiones internas del titular de esta institución;
5. “Sistema de Diagnóstico de la Presidencia”, proporciona un análisis de la situación de los derechos humanos en México, a través de los informes que presentan los titulares de organismo públicos de protección y defensa de los derechos humanos de las entidades federativas.

TEMA 2. TIPOS DE INFORMATICA JURIDICA


TEMA 2
TIPOS DE INFORMATICA JURÍDICA

La informática jurídica, vista como una forma de análisis u ordenación de la información jurídica, está dividida en diversas ramas: la informática jurídica documental, la informática jurídica de control y/o gestión y/o administración y la informática jurídica decisional.

2.1. INFORMATICA JURÍDICA DOCUMENTAL

De esta rama se desprende el análisis de la información contenida en documentos jurídicos para la formación de bancos de datos documentales.

Como rama de la informática jurídica, se ha dicho que es la aplicación de técnicas informáticas a la documentación jurídica, en los aspectos sobre el análisis, archivo y recuperación de información contenida en la legislación, jurisprudencia, doctrina o cualquier otro documento o contenido jurídico relevante.

Considerando que las técnicas documentales se refieren al tratamiento permanente y sistemático de documentos o datos para la información especializada, por lo que se puede señalar que ésta incluye la selección de documentos a partir de conocimientos lo mas completos posible, ya existentes, en proceso o de futura creación, por lo que se incluye a los documentos de tipo visual, auditivo o audiovisual.

También se puede incluir la identificación de documentos, el análisis documental, el almacenamiento y la difusión de los documentos.

La aplicación de las técnicas documentales anteriormente mencionadas, están ubicadas dentro de nuestra materia al documento jurídico, cuyo contenido trata de aquella información derivada de la legislación, la jurisprudencia y la doctrina.

Para el desarrollo de la informática jurídica documental, existen tres aspectos de importante relevancia:

La aplicación técnico-jurídica se ajusta a una metodología especial de análisis de unidades de información, de acuerdo con el sistema adoptado previamente. Así tenemos:
a) La indexación, que consiste en la elaboración de una lista rígida de descriptores, es decir, una o varias palabras o locuciones clave tomadas de una lista elaborada de acuerdo al tipo de información que se trate. Se aplica al tratamiento de la información bibliográfica o hemerográfica. Ejemplo: Las garantías individuales, es un tema que ha sido abordado de manera doctrinal en forma recurrente, hay un sinfín de autores al respecto, por lo cual la palabra clave será efectivamente “las garantías individuales” y a través de ésta palabra se podrá acceder a un sinfín de información al respecto, no solo doctrinal, puede ser legal y jurisprudencial.
b) Full text o texto completo, el cual consiste en el almacenamiento del texto integral en la máquina computadora, con el fin de recuperar la información contenida en él, por cualquiera de las materias a las que haga referencia.
c) El abstract, que es el documento cuya información obtenida de un documento fuente, es organizada en forma lógica a través del empleo de restrictotes de distancia con el fin de lograr su recuperación, así como su presentación sintética.

La formación de bancos de datos cuyo punto de partida puedan ser archivos mensuales o sistematizados, ya sean sectorizados o integrales como por ejemplo el sistema UNAM-JURE.

La utilización de lenguajes o mecanismos de recuperación de información con apoyos de instrumentos lingüísticos.

2.2. INFORMÁTICA JURÍDICA DE GESTIÓN.

Esta rama de la informática jurídica, está encaminada a organizar y controlar la información jurídica de documentos, expedientes, libros, etc., ya sea mediante la aplicación de programas de administración que permitan crear identificadores y descriptotes para la clasificación de dicha información.

La informática jurídica de gestión, es también conocida como de control y/o administración, y es utilizada en despachos, tribunales, notarías, entre otras oficinas jurídicas, que se utiliza sobre todo, para llevar el seguimiento de trámites y procesos con el objeto de mantener actualizada la información y llevar un buen control de la misma.

Miguel López Muñiz Goñi, hace una división de esta rama, de la siguiente manera:

a) Registral: que se ocupa de todos los tipos de registros, sean públicos o privados. Trata de facilitar a los diferentes usuarios datos fehacientes en todos los registros oficiales, con rapidez y facilidad de acceso, por ejemplo las oficialías del registro civil.
b) Operacional: trata de facilitar la actuación de las oficinas relacionadas con el derecho, tanto a nivel público como privado, en los que va a permitir que la máquina, lleve toda la actuación repetitiva, el control de asuntos, etc., Ejemplo: machotes automatizados.
c) Decisional: Es la utilización de modelos predefinidos para la adecuada solución de casos específicos y concretos, por ejemplo: un auto admisorio de demanda, el rechazo de un recurso procesal extemporáneo.

2.3. INFORMÁTICA JURÍDICA DECISIONAL

También llamada metadocumental, metadecisional o de ayuda a la decisión.

Esta rama se caracteriza por conformarse por bases de conocimiento jurídico. Abarca una gran variedad de esfuerzos y proyectos que intentan obtener de las aplicaciones de la informática al derecho, resultados que vayan mas allá de la recuperación o reproducción de información (sea documental o no), con la pretensión de que la máquina resuelva por sí misma problemas jurídicos o al menos auxilie a hacerlo y contribuya al avance de la teoría jurídica.

Se subdivide en:
a) Sistemas expertos legales y
b) Sistemas de enseñanza del derecho asistido por computadora

Los primeros son la estructuración de conocimientos especializados que acoplados a un mecanismo de inferencia, saca conclusiones a partir de la información que le suministra en forma de preguntas y respuestas.

Los sistemas expertos pueden realizar operaciones lógicas, sobre los elementos que lo integran, además de razonamientos, en virtud de contar con una base de datos estructurada. Se trata de sistemas aptos para tomar dos o mas informaciones para la base de conocimientos y producir a partir de ellos una conclusión lógica, cuyo resultado no previó el experto, sino que es adoptado por el propio sistema, de ahí que se afirme que estos elementos se basan en lo que se denomina inteligencia artificial, entendida ésta como el conjunto de facultades mentales, a través del uso de modelos computacionales.

Existen varios tipos de sistemas expertos:
a) Sistemas preventivos
b) Sistemas predictivos
c) Sistemas normativos

En cuanto a la informática jurídica aplicada a la enseñanza del derecho, se puede decir que es la rama que tiene interacción directa con las materías de pedagogía del derecho, psicología educativa, lingüística y comunicación, cuya finalidad es crear sistemas de enseñanza cuyo soporte de realización, se aplica en primera parte, en la utilización de un instrumento computacional; en segundo lugar, las bases de conocimiento, para representar, organizar, analizar y estructurar la información jurídica y por último la evaluación formativa del proceso de enseñanza-aprendizaje, previstos en el sistema.

Gracias a la estructuración de la información jurídica, el maestro puede determinar a ciencia cierta, la información específica que el alumno debe aprender. Por su parte el alumno, adquiere el aprendizaje en forma lógica y ordenada, de tal suerte que se garantiza la comprensión de los objetivos específicos del tema que se trate.

Los elementos indispensables que deben considerarse para desarrollar este tipo de sistemas son:
a) Determinar el nivel o grado educacional
b) Determinar el instrumento informático que cubra los elementos pedagógicos indispensables para el desarrollo del sistema.
c) Elaborar la estructuración de la información jurídica recopilada conforme al método inductivo.
d) Adoptar el método de diseño instruccional mas conveniente para cumplir con las metas u objetivos del aprendizaje.
e) Elaborar el sistema de enseñanza asistido por computadora en conjunción con los alumnos, de tal forma que puedan preverse cualquier tipo de preguntas y respuestas, en lo que se refiere a la interfase con el alumno.
f) Una buena parte de los esfuerzos, se ha dirigido a estudiar las relaciones entre el nivel de elaboración de la ayuda recibida y dada, y el nivel de rendimiento obtenido en la tarea.

No se pretende con estos sistemas, sustituir la labor del maestro, por el contrario, los sistemas pretenden ser una valiosa herramienta que permita la mayor difusión y haga más efectiva la labor docente.

SOCIOLOGIA JUDICIAL AUTOMATIZADA
La Sociología puede apoyar al derecho partiendo de tres perspectivas:

PRIMERO. La Sociología del Derecho describe y aclara las normas jurídicas teniendo en cuenta las instituciones jurídicas;

SEGUNDO. La Sociología describe y explica el derecho y a los tribunales teniendo en cuenta a la sociedad;

TERCERO. Los resultados de las investigaciones que desarrolle el sociólogo para mitigar problemas sociales pueden servir para reforzar a las instituciones jurídicas.Desde el punto de vista de la Sociología como instrumento o herramienta de trabajo del jurista, ésta puede ser de utilidad para apoyar sus actividades en los ámbitos de creación, aplicación y práctica del derecho. Como ejemplo de ello la Sociología ayuda en relación a la percepción de las normas de comportamiento; las suposiciones acerca de la criminalidad; la protección a través del derecho; y, las disputas entre las partes contratantes.
1. Para la decisión de casos el jurista puede hacer uso de las técnicas y teorías de la Sociología cuando la norma sea vaga y entonces el derecho positivo no de una respuesta concreta;
2. Para sistematizar el derecho positivo de manera que cualquiera pueda informarse de él:
3. Para obtener un punto de vista político del contenido del derecho cuando tiene la necesidad de aplicar la ley, y además cuando tiene que expresar la interpretación de la misma; y,
4. Para su función como titular, administrador de alguna oficina, Institución, etcétera, y para el mejor conocimiento del entorno social.
En el trabajo como juez, lo cual es una de las actividades que el jurista desarrolla, la Sociología también puede ser utilizada para: el conocimiento del hecho; la ordenación del procedimiento judicial; la valoración de las consecuencias del fallo; dar contenido a conceptos librados al criterio del juez que hacen referencia a regularidades sociales; dar contenido a conceptos librados al criterio del juez y que delegan en él una valoración normativa; la valoración de la vigencia de las normas jurídicas; los conflictos entre las normas jurídicas y las normas subculturales de las partes; la reflexión del propio quehacer del juez; la crítica a las normas jurídicas; la organización de la actividad de juzgar; y, el comportamiento en el lugar de trabajo.
Por otra parte la diferencia metodológica entre ambas disciplinas estriba en el objeto de estudio: mientras la Sociología se limita al conocimiento empírico de lo fáctico, la argumentación normativa queda a los dogmáticos. Lo anterior es lo que hace diferente a uno y otro. La diferencia entre el "ser" y el "deber ser" es lo que distinguiría concretamente a estas dos materias y en donde nuestro autor invierte esfuerzo para exponer lo referente a las normas como la base de la ciencia jurídica.
Cuando Lautmann se refiere a la "Sociología de la Justicia" parte de distintos enfoques como lo es la figura del "juez" en donde expone su papel social; la concepción que tiene el propio juez de su papel social; y, los conflictos que tiene este personaje de sus papeles sociales. Pero además, en lo que respecta a la función crítica presenta a la justicia, la prensa y la opinión pública y su relación entre ellas, como lo son la comunicación que tiene que existir entre la sociedad y la justicia, las situaciones que se presentan entre los jueces y los periodistas, y lo que se plantea como la inconsistencia del status del juez.

TEMA 1. NOCIONES GENERALES DE LA INFORMATICA JURIDICA



TEMA 1

NOCIONES GENERALES DE LA INFORMATICA JURÍDICA


1.1. ANTECEDENTES

Si se tuviera que señalar una fecha precisa del nacimiento de esta disciplina, se tendría que decir que fue en el año 1949.

Del uso de los ordenadores o computadores en el mundo jurídico se comenzó a hablar en los años en que nace la cibernética de Robert Wiener; es decir en 1948. Las referencias que en tal obra se dieron influyeron en un artículo publicado un año después por Lee Loevinger, en el que hasta por primera vez de jurimetría, es decir, del uso de los ordenadores en el Derecho.

Posteriormente en el año 1963, Hans Baade, edita la obra “Jurimetrias: the metodology of legal Inquiry”, en la que especifica que para el desarrollo de esta materia se den aplicar 3 tipos diferentes de investigación:

1.- Aplicar modelos lógicos a normas jurídicas, establecidas según los sistemas tradicionales.
2.- Aplicar el ordenador o computador a la actividad jurídica.
3.- Llegar a prever futuras sentencias de los jueces.

La insatisfacción por los resultados concretos ofrecidos por la jurimetría y la presencia de instrumentos teóricos atractivos, como los ofrecidos por la cibernética teórica, hicieron que en Europa los estudios puramente empíricos de tipo Loevingeriano se unieran con estudios puramente teórico, con el resultado de que entre 1966 y 1969, con la denominación de “Cibernética y Derecho”, se designaron por ejemplo, tanto las encuestas de estadística judicial que recurrieran al ordenador, como los estudios de lógica formal aplicada al Derecho; tanto los trabajos puramente computacionales que de alguna manera tuvieron que ver con normas jurídicas, como las investigaciones de filosofía del

Derecho que recurrieron a esquemas teóricos provenientes de la cibernética o de la teoría de la información.

Ya por el año 1968 y después de estudiar los fenómenos científicos que representaba la utilización de la computadora en el campo del derecho, el destacado estudioso del tema Mario Lasono, propuso sustituir el termino “Jurimetría” por el de “Iuscibernética”, y ante tal cambio, abandonar el esquema de la jurimetría y subdividir a la iuscibernética en cuatro sectores correspondientes a cuatro modos distintos de acercarse a las relaciones entre el derecho y la cibernética:

El primer sector corresponde al ámbito de la filosofía social y consiste en considerar al derecho como un subsistema respecto del sistema social.
La segunda aproximación consiste en identificar al Derecho como un verdadero sistema, ya no como subsistema, que tiene vida autónoma, en cuanto que es generado, aplicado y anulado por órganos regulados por el propio derecho.
La tercera aproximación es la aplicación de la lógica y de otras técnicas de formalización al derecho, con el fin de llegar a un uso concreto de la computadora.
La cuarta aproximación se refiere al uso de la computadora en el ámbito del derecho, es decir, a la adquisición de las técnicas necesarias para poderlo usar en el sector jurídico.

Las dos primeras aproximaciones, Lozano las consideró como “modelística jurídica”, en el sentido de que los estudios realizados en estos dos sectores sirven para construir modelos formalizados mediante un esquema teórico, mientras que a las dos últimas aproximaciones, los calificó como “informática jurídica”, es decir, las técnicas a las que se recurre para permitir memorizar, las informaciones jurídicas y recuperarlas mediante la utilización de la computadora.


1.2. INFORMATICA, CIBERNETICA E INFORMATICA JURÍDICA

La Informática es la
ciencia aplicada que abarca el estudio y aplicación del tratamiento automático de la información, utilizando dispositivos electrónicos y sistemas computacionales. También está definida como el procesamiento automático de la información.

Conforme a ello, los
sistemas informáticos deben realizar las siguientes tres tareas básicas:

Entrada: Captación de la información digital.
Proceso: Tratamiento de la información.
Salida: Transmisión de resultados binarios.

En los inicios del procesado de información, con la informática sólo se facilitaba los trabajos repetitivos y monótonos del área administrativa, gracias a la automatización de esos procesos, ello trajo como consecuencia directa una disminución de los costos y un incremento en la producción.

En la informática convergen los fundamentos de las
ciencias de la computación, la programación y metodologías para el desarrollo de software, la arquitectura de computadores, las redes de computadores, la inteligencia artificial y ciertas cuestiones relacionadas con la electrónica. Se puede entender por informática a la unión sinérgica de todo este conjunto de disciplinas.

La cibernética es el estudio interdisciplinario de la estructura de los sistemas reguladores. La cibernética está estrechamente vinculada a la
teoría de control y a la teoría de sistemas. Tanto en sus orígenes como en su evolución, en la segunda mitad del siglo XX, la cibernética es igualmente aplicable a los sistemas físicos y sociales. Los sistemas complejos afectan y luego se adaptan a su ambiente externo; en términos técnicos, se centra en funciones de control y comunicación: ambos fenómenos externos e internos del/al sistema. Esta capacidad es natural en los organismos vivos y se ha imitado en máquinas y organizaciones. Especial atención se presta a la retroalimentación y sus conceptos derivados.

La palabra cibernética proviene del griego Κυβερνήτης (kybernetes) y significa "arte de manejar un navío", aunque
Platón la utilizó en La República con el significado de "arte de dirigir a los hombres" o "arte de gobernar". Éste es un término genérico antiguo pero aún usado para muchas áreas que están incrementando su especialización bajo títulos como: sistemas adaptativos, inteligencia artificial, sistemas complejos, teoría de complejidad, sistemas de control, aprendizaje organizacional, teoría de sistemas matemáticos, sistemas de apoyo a las decisiones, dinámica de sistemas, teoría de información, investigación de operaciones, simulación e Ingeniería de Sistemas..

La cibernética es una ciencia, nacida hacia
1948 e impulsada inicialmente por Norbert Wiener que tiene como objeto “el control y comunicación en el animal y en la máquina” o “desarrollar un lenguaje y técnicas que nos permitirán abordar el problema del control y la comunicación en general”

La informática jurídica es una técnica interdisciplinaria que tiene por objeto el estudio e investigación de los conocimientos aplicables a la recuperación de información jurídica, así como la elaboración y aprovechamiento de los instrumentos de análisis y tratamiento de información jurídica, necesaria para lograr dicha recuperación. (Julio Téllez)


1.3. DEFINICIONES DE LA INFORMATICA JURIDICA

Emilio Suñe:
“La aplicación de los ordenadores electrónicos orientada a la reducción de problemas jurídicos”.


Alain Chovraqui:
Es la ciencia y las técnicas del tratamiento lógico y automático de la información jurídica.

Héctor Fix Freiro:
Es el conjunto de estudios e instrumentos derivados de la aplicación de la informática al Derecho, o mas precisamente a los procesos de creación, aplicación y conocimiento del Derecho.


1.4. ESTATUTO DE LA DISCIPLINA Y DIFERENCIA ENTRE EL DERECHO DE LA INFORMATICA E INFORMATICA JURÍDICA.

Entre el Derecho y la
Informática se podrían apreciar dos tipos de interrelaciones. Si se toma como enfoque el aspecto netamente instrumental, se está haciendo referencia a la informática jurídica. Pero al considerar a la informática como objeto del Derecho, se hace alusión al Derecho de la Informática o simplemente Derecho Informático.

La
cibernética juega un papel bastante importante en estas relaciones establecidas en el párrafo anterior. Por cuanto sabemos que la cibernética es la ciencia de las ciencias, y surge como necesidad de obtener una ciencia general que estudie y trate la relación de las demás ciencias.

De esta manera, tenemos a la ciencia informática y por otro lado a la ciencia del derecho; ambas disciplinas interrelacionadas funcionan más eficiente y eficazmente, por cuanto el derecho en su aplicación, es ayudado por la informática; pero resulta que ésta debe de estar estructurada por ciertas reglas y criterios que aseguren el cumplimiento y
respeto de las pautas informáticas; así pues, nace el derecho informático como una ciencia que surge a raíz de la cibernética, como una ciencia que trata la relación derecho e informática desde el punto de vista del conjunto de normas, doctrina y jurisprudencia, que van a establecer, regular las acciones, procesos, aplicaciones, relaciones jurídicas, en su complejidad, de la informática. Pero del otro lado encontramos a la informática jurídica que ayudada por el derecho informático hace válida esa cooperación de la informática al derecho.

En efecto, la informática no puede juzgarse en su simple exterioridad, como utilización de aparatos o elementos físicos electrónicos, pura y llanamente; sino que, en el modo de proceder se crean unas relaciones inter subjetivas de las personas naturales o jurídicas y de entes morales del Estado, y surgen entonces un conjunto de reglas técnicas conectadas con el Derecho, que vienen a constituir medios para la realización de sus fines, ética y legalmente permitidos; creando principios y conceptos que institucionalizan la Ciencia informática, con autonomía propia. Esos principios conforman las directrices propias de la institución informática, y viene a constituir las pautas de la interrelación nacional-universal, con normas mundiales supra nacionales y cuyo objeto será necesario recoger mediante tratados públicos que hagan posible el proceso comunicacional en sus propios fines con validez y eficacia universal.